fragmento asíncrono

¿Se eliminó la tercerización laboral? . . . . .!NO!

Guillermo Navarro Jiménez

Los grandes medios de información, tanto de la prensa escrita como televisiva, en grandes titulares y en todas las ediciones e informativos, difunden la falsa información de que se ha eliminado la “tercerización” y el trabajo por horas. Todo ello, para que no se descubra la manipulación de la opinión pública que habían desarrollado en semanas anteriores, tendiente a lograr que la ciudadanía se oponga a la aprobación del Mandato que elimina la precarización laboral de los trabajadores que laboraban para las empresas de intermediació n laboral –más conocidas como tercerizadoras- , o por horas. Manipulación de la opinión pública que, para lograr el objetivo antes mencionado, utilizó como instrumento la aseveración de que el Mandato a aprobarse, como efectivamente lo aprobó la Asamblea Nacional Constituyente, generaría un acelerado incremento del desempleo y afectaría a la capacidad competitiva de las empresas que hacían uso de esos servicios, a la vez que ocultaba que el verdadero objetivo del Mandato es la eliminación de la precarización del trabajo. La manipulación, si bien no logró que no se apruebe el Mandato Constituyente, alcanzó que gran parte de la opinión pública, en el que se incluyen algunos Asambleístas, asuman que el Mandato eliminó la tercerización.

La falsedad de la aseveración de los grandes medios de información de que se ha eliminado la “tercerización” , se comprueba cuando se revisa el artículo 3 del Mandato Constituyente, en el que se afirma que: “Se podrán celebrar contratos con personas naturales o jurídicas autorizadas como prestadores de actividades complementarias por el Ministerio de Trabajo y Empleo, cuyo objeto exclusivo sea la realización de actividades complementarias de: vigilancia, seguridad, alimentación, mensajería y limpieza, ajenas a las labores propias o habituales del proceso productivo de la usuaria”. Contenido que niega la eliminación de las “tercerizadoras” o de la intermediació n laboral, cuanto más que de acuerdo a la ley reformatoria del Código de Trabajo mediante la cual se regula la intermediació n laboral y la realización de servicios complementarios, se define a aquellos, en el artículo numerado 1 literal b, a la tercerización de servicios complementarios como aquella que: “Realiza una persona jurídica constituida de conformidad con la ley de compañías, con su propio personal, para la ejecución de actividades complementarias al proceso productivo de otra empresa”, constituyendo actividades complementarias de la usuaria las de vigilancia, seguridad, alimentación, mensajería, mantenimiento, limpieza y otras de apoyo que tengan aquel carácter”.

La falsedad de la supuesta eliminación del trabajo por horas, igualmente lo comprueba el contenido de la Segunda Disposición Transitoria, la que señala que: “Los trabajadores que se encontraban laborando bajo la modalidad de contrato por horas por más de 180 días con anterioridad a la aprobación de este mandato serán contratados de manera obligatoria bajo las distintas modalidades previstas en el código del trabajo según lo establecido en el artículo 2 del presente mandato”.

Si no se ha eliminado la tercerización y el trabajo por horas, ¿Cuál era entonces el propósito de la manipulación de los grandes medios de información? No permitir que la ciudadanía y, principalmente los trabajadores, se percaten que el objetivo del Mandato no era otra que eliminar la precarización del trabajo al que habían sido sometidos los trabajadores de las denominadas empresas tercerizadoras y el parasitismo de los administradores de esas empresas. La precarización del trabajo y el parasitismo de los empresarios, se conformaba y posibilitaba por la diferencia entre el valor cobrado por las empresas y el pagado a los obreros. Ejemplificando, las empresas tercerizadoras de vigilancia que laboraban para PETROPRODUCCION, cobraban por cada vigilante la suma de US $ 800 dólares mensuales, valor del cual abonaban a los vigilantes, en el mejor de los casos, US $ 200 dólares, sin ningún beneficio adicional. De lo que resulta que los parásitos que administraban las tercerizadoras se embolsicaban la friolera de US $ 600 por vigilante. El objetivo entonces era el ocultar la infamante explotación a la que se sometía a los trabajadores tercerizados, y el parasitismo de los administradores que forman parte del poder económico, muchos de los cuales, por cierto, son prominentes directivos de los medios de información.

Ante la explotación denunciada y disfrazada, el Mandato corrige la precarización y determina que los trabajadores tercerizados, desde el primero de Mayo, serán contratados en los términos prescritos en la Ley y que además “tendrán todos los derechos consagrados en la Constitución Política de la República, convenios con la OIT,ratificados por el Ecuador, este Mandato, el Código del Trabajo, la Ley de Seguridad Social y demás normas aplicables”, a más de que participarán de las utilidades de la empresa para la cual presten sus servicios. En consecuencia, desde el 1 de mayo, todos los trabajadores mercerizados no podrán ser más explotados como lo venía siendo desde años atrás.

Ante lo antes expuesto, no cabe tampoco el argumento esgrimido por los grandes medios de información, en el sentido de que las empresas dejarían de ser competitivas, por el encarecimiento de los servicios prestados por las tercerizadoras, puesto que lo único que deberá ocurrir, es que el valor total pagado por cada trabajador a las empresas tercerizadoras, ahora deberá ser pagado en su totalidad a los trabajadores tercerizados. Lo que si existe es la posibilidad cierta de que se reduzca la tasa de explotación de los empresarios que requerían el servicio de las tercerizadoras, puesto que muchos de ellos crearon sus propias empresas tercerizadoras, lo que les permitía embolsicarse el diferencial que legalmente debían pagar a los trabajadores.

Respecto a la precarización que se había institucionalizado al fijar un valor favorable a las empresas y totalmente adverso para los trabajadores, derivado del establecimiento de un valor por hora trabajada inferior a un dólar, se elimina mediante la estipulación del Mandato que establece que los trabajadores que sean contratados a jornada parcial y otras formas de contratación tendrán, “derecho a una remuneración que se pagará aplicando la proporcionalidad en relación con la remuneración que corresponde a la jornada completa, que no podrá ser inferior a la remuneración básica mínima unificada” A lo que agrega que: Asimismo, tendrá derecho a todos los beneficios de ley, incluido el fondo de reserva y la afiliación al régimen general del seguro social obligatorio”.

Finalmente, respecto al argumento esgrimido por los grandes medios y empresarios tipo Mauricio Pinto de que se producirá una desocupación masiva, vale señalar que tampoco esto es cierto, si se consideran las siguientes circunstancias:

Las empresas que demandan servicios complementarios, lo hacen por cuanto, ineludiblemente, deben disponer de esos servicios. En otros términos, no pueden desarrollar sus actividades principales, si no disponen de esos servicios complementarios. Por tanto, no podrán abstenerse de contratar personal para esos servicios;
Tanto en el sector privado como público los trabajadores tercerizados pasarán a ser parte de las empresas, en cumplimiento de lo establecido en las disposiciones transitorias incluidas en el Mandato; y,
En el caso del trabajo a jornada parcial, el propio Mandato lo garantiza, al igual que garantiza todas las demás formas de contratación contemplada en dicho cuerpo legal.

En conclusión, es necesario e incluso indispensable que la opinión pública, advierta que no se ha eliminado la tercerización ni tampoco el trabajo a jornada parcial. Que tome conciencia que la Asamblea Nacional Constituyente tuvo siempre por objetivo el eliminar la precarización del trabajo, la reducción de la tasa de explotación de empresarios inescrupulosos y la eliminación de los parásitos que vivieron de la apropiación de la mayor parte de las remuneraciones que correspondían a los trabajadores. Si lo hace habrá encontrado el camino para descubrir la manipulación de la que fue objeto y es objeto en este campo, como lo es también en todos los ámbitos en que la Asamblea Nacional y el Presidente Correa confrontan al poder económico y fáctico. Podrá también descubrir las formas de explotación que imponen, desde siempre, los sectores dominantes a los trabajadores.

Quito, 2 de mayo del 2007.